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Reformas democráticas [Parte I]: circunscripción única con Ley D’Hondt

noviembre 22, 2011

Este post incluye una explicación sobre la ley electoral más profunda que el anterior

Actualmente, y exceptuando Ceuta y Melilla, cada circunscripción es una provincia. Como dije en el post anterior, el sistema D’Hondt hace que sea “caro” obtener el primer escaño de una circunscripción, pero los siguientes son mucho más baratos.

En los casos de Izquierda Unida y UPyD (y Equo, que ni siquiera ha obtenido representación por razones similares), sus votantes están repartidos entre muchas provincias. Así que generalmente tienen que sacar un escaño caro en cada provincia. Mientras tanto, PP y PSOE van sacand0 más escaños tranquilamente, hinchando su representación con los escaños baratos.

Para observar este efecto recurrimos a los partidos nacionalistas, que están representados de manera bastante proporcional. Tienen menos votantes que los dos partidos más perjudicados, pero aún así sacan una representación mayor. ¿Por qué pasa esto? Porque todos sus votos están concentrados en unas pocas provincias, y en vez de sacar muchos escaños caros sacan algunos caros y los siguientes son baratos.

Una de las opciones más simples es la circunscripción única.  ¿Qué significaría esto? Que los partidos minoritarios que se presentan en toda España sacarían unos pocos caros, sí, pero tendrían acceso a muchos escaños baratos. Es también la opción más popular.

Ventajas:

  • Los partidos tendrían una representación más proporcional a sus votos.
  • Entrarían varios partidos nuevos que se han quedado a las puertas.
  • Se eliminarían las ventajas de las zonas más despobladas, que están sobrerrepresentadas.
  • Es probablemente la reforma más simple. Es fácil de explicar, fácil de entender y, dentro de un orden, fácil de aplicar.

Inconvenientes:

  • Las provincias más despobladas estarían en desventaja. Matiz: para la representación territorial está el Senado, con una representación menos dependiente de la población. Véase el artículo 69 de la Constitución.
  • Requiere una reforma constitucional, concretamente del artículo 68, punto 2.

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